DecretoDerogado
Decreto 832 de 1994
por el cual se corrigen unos yerros caligraficos del Decreto 372 de febrero 11 de 1994
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Numeral 2º Del Artículo 3º Del Decreto 372 De 1994, Quedará Así: "22º Los Numerales 2, 4 Y 6 Del Artículo 4 Del Decreto 372 De 1994, Quedará Así: "23º Los Parágrafos 1º Y 2º Del Artículo 4º Del Decreto 372 De 1994, Quedarán Así: "parágrafo 1º4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deberá Entenderse Incorporado Al Decreto 372 De 1994
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 4º de 1913 y
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministerio de Hacienda y Crédito Público · encargado