DecretoVigencia En Estudio
Decreto 83 de 1958
Por el cual se modifica el artículo cuarto del Decreto legislativo número 2966-bis de 1953
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo Cuarto Del Decreto Legislativo Número 2966-Bis De 1953, Quedará Así Artículo Cuarto Autorizase Al Intendente Nacional De San Andrés Y Providencia Para Gravar Con Un Impuesto De Consumo De Seis Centavos ($ 02El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Píoquinto RengifoEL Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María VillarrealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Saiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jome Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold H. EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. Muñoz PEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas