DecretoVigente
Decreto 820 de 1926
Por el cual se adscribe al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la recaudación del impuesto fluvial
1artículo
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03