DecretoVigente
Decreto 776 de 1969
Por el cual se aprueba la modificación propuesta por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales al artículo 50 del Decreto número 183 de 1964 (Estatutos)
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 150Del Acuerdo Número 150 De 1963, Quedará Así: La Comisión De Prestaciones Estará Integrada Por El Director General Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales, Quien La Presidirá, O Por El Secretario General En Su Representación, Y Por Dos Miembros Designados Por El Consejo Directivo Para Períodos De Dos Años, Los Cuales Pueden Ser Reelegidos3Artículo 32Artículo 23Artículo 3
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