DecretoVigente
Decreto 772 de 1914
Por el cual se fija el personal el Ministerio de Agricultura y Comercio, y se determinan los negocios que le corresponden
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Corresponderán A1 Ministerio De Agricultura, Y Comercio Los Siguientes Asuntos Del Despacho Ejecutivo : 12° Habrá En El Ministerio De Agricultura Y Comercio Las Secciones Con El Personal Que En Seguida Se Expresan : Sección 13° Por Decretos Separados Se Harán Las Traslaciones De Empleados Del Ministerio De Obras Públicas O De Otros, Al De Agricultura Y Comercio, Y La Reorganización De Aquel Ministerio
03