DecretoVigente
Decreto 771 de 1930
Por el cual se establece un puesto y se hace un nombramiento
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Puesto De Cajero Almacenista De La Carretera Central Del Norte, Sección Norte De Santander, Empleado Que Tendrá Ciento Ochenta Pesos ($ 180) De Asignación Mensual, Y Trabajará Bajo Las Órdenes Inmediatas Del Ministerio De Obras Públicas Y De Los Agentes Que Tenga En Tal Obra Dicho Ministerio2El Citado Cajero Almacenista Responderá De Todos Los Bienes Que Se Le Entreguen Para Su Guarda O Custodia; Recibirá Los Dineros Indispensables Para Los Pagos Que Debe Verificar De Acuerdo Con Las Órdenes E Instrucciones Que Le Comunique El Respectivo Superior; Rendirá A La Contraloría General De La República La Cuenta Comprobada De Esos Pagos, Y Prestará Antes De Posesionarse, La Fianza Legal Necesaria Por La Cuantía Que Fije El Contralor General3Nómbrase Al Señor Víctor M4Tan Pronto Como Le Sean Entregados Al Nombrado Cajero Los Bienes De Que Se Trata Y Principie A Ejercer Las Funciones A Que Se Refiere Este Decreto, Quedará Suprimido El Puesto De Que Trata El Decreto Número 593 De 10 De Abril Último
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