DecretoDerogado
Decreto 77 de 1986
Por el cual se modifican las asignaciones básicas de algunos servidores del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Aumentase La Asignación Básica Mensual Al Personal Que Presta Sus Servicios En El Instituto De Seguros Sociales Que No Se Encuentra Vinculado A La Planta De Personal, De Acuerdo Con Los Siguientes Límites Y Porcentajes: Para Remuneraciones Hasta De $ 132º Para El Personal Fuera De Planta Que Cumple Funciones Similares A Las De Funcionarios De Seguridad Social Se Aplica El Porcentaje Que Resulte Más Favorable Entre El Señalado En El Artículo Anterior O El Que Señale La Convención De Trabajo3º Los Auxilios De Alimentación Y Transporte Fijados Para Los Funcionarios De Seguridad Social Se Harán Extensivos Al Personal Indicado En El Artículo Segundo De Este Decreto4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto - Ley 130 De 1985 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986
- Hugo Palacio MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Carrillo RojasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil