DecretoDeclarado Nulo
Decreto 768 de 2004
por el cual se fija transitoriamente la remuneración de los servidores públicos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica o media que se vinculen en provisionalidad al servicio público educativo de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Docentes Que De Conformidad Con El Decreto-Ley 1278 De 2002, Sean Nombrados En Provisionalidad A Las Plantas De Cargos De Las Entidades Territoriales Certificadas, Percibirán La Siguiente Asignación Básica Mensual Máxima: Asignación Básica Mensual Máxima: Normalista Superior $5722El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4° de 1992
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Cecilia María Vélez WhiteLa Ministra de Educación Nacional
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública