DecretoVigente
Decreto 75 de 1907
Por el cual se crean escuelas nocturnas en algunas poblaciones del Departamento de Cundinamarca
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créanse Las Escuelas Números 42, 43, 44 Y 45 Del Instituto Nacional De Artesanos En Las Poblaciones De Arbeláez, Tena, La Mesa Y Tocaima, Y Nómbrase Profesores De Religión A Los Presbíteros Doctores Julio Sabogal G, Gregorio Forero N2Nómbranse Directores De Las Escuelas, Así: De La De Tena, Al Señor Dimas Ovalle; De La De La Mesa, Al Señor Juan Crisóstomo Pinzón, Y De 1a De Tocaima, Al Señor N
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