DecretoVigente
Decreto 716 de 1983
Por el cual se concede una autorización y se reglamenta el pago de los aportes del Gobierno de Colombia a la Corporación Andina de Fomento, para la adquisición de las acciones de las series "A" y "B" de Chile transferidas a Colombia
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase Al Instituto De Fomento Industrial Para Aportar A La Corporación Andina De Fomento, A Nombre Del Gobierno De Colombia, La Suma De Us$ 62En Los Presupuestos Anuales, El Gobierno Efectuará Las Apropiaciones Necesarias, Con Destino Al Instituto De Fomento Industrial Con El Objeto De Que Atienda El Pago De Los Contratos Previstos En El Ordinal A), Literal Ii), Y En El Ordinal B3Las Sumas Asignadas Al Instituto De Fomento Industrial Para El Pago De Los Mencionados Aportes De Capital Que Le Corresponde Al Gobierno Nacional En La Corporación Andina De Fomento Le Serán A Título De Aportes Del Gobierno Al Capital Del Mismo Instituto A Cambio De Acciones Que Éste Deberá Emitir A Favor Del Mismo Gobierno Por Su Valor Nominal De $ 104El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03