DecretoVigente
Decreto 700 de 1894
Por el cual se elevan los precios de la sal en los almacenes oficiales de San José y Barbacoas y se conservan los que hoy tiene el artículo en los puertos de Buenaventura y Tumaco
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Precios De La Sal En Los Almacenes Oficiales De San José Y Barbacoas Serán En Lo Sucesivo Por Cada 12 ½ Kilogramos Los De $ 0,97 ½ En El Primero Y $ 12El Precio Del Artículo En Los Depósitos De Buenaventura Y Tumaco Continuara Siendo El Mismo Que Hoy Tienen Que Es El De $ 0,80 Los 12 ½ Kilogramos3Los Administradores De Las Aduanas De Buenaventura Y Tumaco Cuidaran De Tener Siempre En Sus Depósitos La Sal Suficiente, Para Que Los Particulares Puedan Proveerse Del Artículo En Ellos, Y Darla A La Venta En Lugares En Donde No Haya Almacenes De Gobierno4Este Decreto Empezara A Regir Desde Que Llegue A Conocimiento De Los Almacenistas Y Administradores Respectivos
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