DecretoDerogado
Decreto 697 de 1990
por el cual se dictan normas referentes a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1En Adición A Las Garantías Bancarias O De Compañías De Seguros A Que Se Refiere El Artículo 5° Del Decreto 1208 De 1985, También Podrán Constituirse Garantías Personales Por Los Obligados Dentro De Las Operaciones De Los Sistemas Especiales De Importación-Exportación2El Director General Del Instituto Colombiano De Comercio Exterior Podrá Autorizar Que Se Constituyan Garantías Globales Pare Respaldar El Cumplimiento De Las Obligaciones Derivadas De Los Sistemas Especiales De Importación-Exportación3El Instituto Colombiano De Comercio Exterior Establecerá Los Requisitos Y Procedimientos Necesarios Pare El Cumplimiento De Este Decreto4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el ordinal 22 del artículo 120 de la Constitución Política y con sujeción a las pautas consagradas en la Ley 48 de 1983
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Mercedes Cuéllar De MartínezLa Ministra de Desarrollo Económico