Micelio
DecretoVigente

Decreto 689 de 1925

Por medio del cual se reorganizan las dependencias del Ministerio de Gobierno, en cuanto a su personal y asignaciones

9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1El Personal De Empleados Y Sueldos Mensuales De La Secretaria De La Presidencia De La Republica, Serán Los Que A Continuación Se Expresan: Aquí Pdf Diario Oficial 19890 (Tabla De Presupuesto) Pág2Para El Despacho De Los Asuntos Adscritos Al Ministerio De Gobierno, Por El Decreto Ejecutivo Número 1704, De 13 De Diciembre De 1913, Continuara Divido En Las Cinco Secciones Con Que Hasta Ahora Ha Venido Funcionando, Con Las Dependencias Denominadas Policía Nacional Y Oficina Central De Medicina Legal3Las Secciones 1ª, 2ª, 3ª, 4ª4El Personal Y Asignaciones De Los Empleados De La Policía Y Gendarmería Nacionales, Serán Mensualmente Los Siguientes: Aquí Pdf Diario Oficial 19890 (Tabla De Presupuesto) Pág5La Oficina Central De Medicina Legal, Constará Del Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Aquí Pdf Diario Oficial 19890 (Tabla De Presupuesto) Pág6Los Establecimientos De Castigo De La República Tendrán El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Aquí Pdf Diario Oficial 19890 (Tabla De Presupuesto) Pág7Mientras Se Dictan Los Derechos Reorgánicos De Las Colonias Penales Y Agrícolas De Que Tratan Las Leyes 105 De 1922 Y 59 De 1923, De Acuerdo Con La Partida De $808La Disminución Y Empleos Que Por El Presente Decreto Se Dispone, Entrara En Vigor Con Anterioridad Del Primero De Enero Último, Excepción Hecha De Aquellos Que Hasta La Fecha Hubieren Estado Ocupados9Por Conducto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Se Adicionara La Liquidación De La Ley De Apropiaciones En La Forma Indicada En El Presente Decreto
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