DecretoDerogado
Decreto 665 de 2002
por el cual se establece la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
15artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Enero De 2002, Fíjase La Siguiente Escala De Asignación Básica Mensual Para Los Empleos De La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil2En La Escala Salarial Fijada En El Artículo Anterior, La Primera Columna Señala Los Grados Correspondientes A Las Distintas Denominaciones De Empleo Y La Segunda Columna Indica La Asignación Básica Mensual Establecida Para Cada Grado3Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Establécese Para Quienes Desempeñen Funciones De Control De Tránsito Aéreo Y Supervisión De Tránsito Aéreo Debidamente Acreditados Por El Centro De Estudios Aeronáuticos Y Pertenecientes Al Área De Control De Tránsito Aéreo De La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil, Una Contraprestación Mensual Denominada Sobresueldo, Equivalente A Un Porcentaje De La Asignación Básica De Acuerdo Con La Categoría Del Aeropuerto Donde Presten Sus Servicios, Así: Categoría Aeropuertos Porcentaje I Bogotá, D10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213La Remuneración Anual Que Perciban Los Empleados Públicos De La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil, No Podrá Ser Superior A La Remuneración Anual De Los Miembros Del Congreso Nacional14Artículo 1415Artículo 15
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992
- Juan Manuel SantosEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Gustavo Adolfo Canal MoraEl Ministro de Transporte
- Mauricio Zuluaga RuizEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública