Micelio
DecretoVigente

Decreto 649 de 1929

Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con el ramo de caminos nacionales

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Desde El Día 20 De Los Corrientes Quedarán Suprimidos Los Siguientes Puestos Que Fueron Creados Por Decreto Ejecutivo Número 2508 De 1928, En Los Trabajos De La Carretera Central Del Norte, Sector Belén-El Reservado: Dos Ingenieros Primeros Ayudantes, Ocupados Actualmente Por Los Señores Luis Ernesto Ardila Y Domingo Archila; Y Un Ingeniero Secundo Ayudante, A Cargo Del Señor Caídos Torres González2Declárase Insubsistente El Nombramiento De Médico De La Misma Obra, Hecho En El Señor Plinio López M3Por Haber Renunciado El Señor Luis Alfredo Lujan, Nómbrase Médico De La Carretera Palermo-Palmira, Al Señor Ramón Díaz Granados4Los Médicos Nombrados En Este Decreto Devengarán Los Sueldos Fijados Para Tales Cargos, Con La Rebaja De Que Trata El Decreto Número 572 De Este Año5Créase El Cargo De Ingeniero Ayudante De La Carretera Neiva-Palermo-Palmira, Con Sueldo Mensual De Doscientos Cincuenta Pesos ($ 250), Y Nómbrase Para Desempeñar Ese Cargo, Al Señor Guiseppe Fabi6El Personal De Ingenieros Que Debe Atender A La Dirección Y Administración De Los Trabajos De La Carretera Nacional De Occidente (Boyacá), Será El Siguiente: Un Ingeniero Jefe Administrador, Con Trescientos Sesenta Pesos ($ 360), Señor Moisés R7Los Ingenieros De Que Trata El Artículo Anterior, Que Hayan Prestado Sus Servicios En Los Trabajos Expresados Con Anterioridad A La Fecha Del Presente Decreto, Tendrán Derecho A Sueldo Desde El Día En Que Hayan Principiado A Trabajar8El Señor Alfredo Vergara Continuará Desempeñando
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