Decreto
Decreto 643 de 1933
Sobre servicio de deudas públicas nacionales y reducción de gastos
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Gobierno: Para Suspender Transitoriamente Los Servicios De Las Deudas Públicas A Cargo De La Nación, En Todo O En Parte, Y En La Medida Que Lo Exijan Las Necesidades Fiscales De La Defensa Nacional; Para Celebrar Arreglos Con Los Acreedores De La Nación O Sus Representantes, Con El Fin De Determinar Las Condiciones Actuales Y Futuras Del Servicio De Tales Deudas, Pudiendo Modificarse Las Condiciones De Plazo, Interés, Amortización, Monedas En Que Debe Hacerse El Servicio Y Demás Circunstancias, En Todo Lo Cual Se Procurará Armonizar, En Lo Posible, Las Necesidades De La Defensa De La Soberanía Del País Con Los Legítimos Intereses De Los Acreedores Del Estado; Y Para Hacer En El Presupuesto De Gastos Ordinarios Las Reducciones Que Exijan El Mantenimiento Del Equilibrio Fiscal, Sin Afectar Considerablemente La Administración Pública, Pudiendo Incluir En Esas Reducciones Las Que Sea Necesario Hacer En Auxilios, Subvenciones, Participaciones E Indemnización Reconocidos Por La Nación A Favor De Otras Entidades2El Presente Decreto Regirá Desde La Fecha
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Firmas
Gobierno Nacional
- Enrique Olaya HerreraPresidente de la República
- Agustín Morales OlayaEl Ministro de Gobierno
- R. Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Esteban JaramilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Uribe GaviriaEl Ministro de Guerra
- Francisco José ChauxEl Ministro de Industrias
- Julio Carrizosa VEL Ministro de Educación Nacional
- Alberto PumarejoEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Alfonso AraujoEl Ministro de Obras Públicas