Micelio
DecretoDerogado

Decreto 64 de 1929

Por el cual se modifica el decreto número 1025 de 1926 (junio 19), en armonía con el presupuesto nacional de rentas y ley de apropiaciones para el año fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1929

12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Desde El Primero De Febrero Del Presente Año, El Ministerio De Guerra Constatará Del Gabinete Del Ministro, De Cuatro Departamentos, Dos Direcciones Técnicas Y Seis Secciones Independientes, Así: Departamento Central Secretaria, Con La Sección De Negocios Generales2Desde La Misma Fecha Indicada En El Artículo Anterior, El Estado Mayor General Del Ejercito Y La Inspección General Del Ejercito Formarán Entidades Directamente Dependientes Del Ministro, Como Todos Los Organismos Del Ejército3El Estado Mayor General Del Ejército Quedará Constituido Por La Jefatura De Estado Mayor Y Por Cinco Secciones Numeradas Del 1 A V, Y Denominadas Así: Sección I4El Jefe De Estado Mayor General Será Del Grado De General De División: Cada Una De Las Secciones Estará A Cargo De Un Jefe De Grado De Coronel O Teniente Coronel, Y Tendrá Como Subalterno Un Oficial Del Grado De Teniente Coronel O Mayor, Un Escribiente Y Dos Asistentes5La Sección V Tendrá A Su Cargo La Dirección Y Publicación De La "revista Militar Del Ejercito" Y Del "boletín Del Ministro De Guerra"6Lo Estados Mayores De División Están Sujetos A La Autoridad Del Jefe Del Estado Mayor General Para La Emisión De Trabajos Que Correspondan De Este Instituto, Y Que Se Relacionen Con La Zona Ocupada Por La Respectiva División7La Escuela Superior De Guerra, Como Principal Órgano De Preparación Del Personal De Oficiales Para Los Altos Comandos Y Para El Servicio De Estado Mayor, Depende Del Estado Mayor General Y Continuará Funcionando Con El Personal Que Tiene Actualmente8En El Ejercicio De Sus Funciones Podrá El Jefe Del Estado Mayor General Dirigirse Directamente A Las Autoridades Civiles O Militares Sobre Asuntos Que Sean De Incumbencia De Dicho Instituto9La Inspección General Del Ejército Queda Restablecida De Conformidad Con Las Prescripciones De La Ley 75 De 1922, Y Su Funcionamiento Y Atribuciones Serán Las Señaladas En Los Reglamentos Correspondientes10La Organización Del Ejército, Comandos Y Unidades Que Lo Integran, Será La Determinada En El Decreto Número 1228 De 192711Desde El Primero De Febrero Del Presente Año, El Ministro De Guerra, La Inspección General, El Estado Mayor General Y El Ejército, Tendrán El Personal Fijado En El Decreto De Dotaciones Y Asignaciones Para El Presente Año12Queda En Estos Términos Reformado El Decreto Número 1025 De 1926
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