DecretoVigente
Decreto 592 de 1938
Por el cual se modifica el Decreto número 320 de 1938, orgánico de la carrera diplomática y consular
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ordinal 3º Del Artículo 5º Del Decreto Número 320 De 1938, Quedará Así: 3º Los Alumnos Colombianos De La Facultad De Derecho Y Ciencias Políticas De La Universidad Nacional O De Facultades Privadas Que Tengan Autorización Del Estado Para Expedir Títulos De Doctor En Derecho Y Ciencias Políticas, Una Vez Que Hayan Terminado Sus Estudios Universitarios2El Parágrafo Del Artículo 6º Quedará Así: Parágrafo3El Artículo 7º Quedará Así: Artículo 7º Los Alumnos De La Extensión Diplomática Y Consular Que Hayan Probado Todas Las Asignaturas Obligatorias De La Misma, Mediante Las Pruebas Que Al Respecto Exija La Universidad Nacional, Obtendrán Un Diploma Que Así Lo Acredite4El Artículo 8 Quedará Así: Artículo 8º Para Ingresar A La Carrera Diplomática Y Consular Se Requerirá, Además, De La Autorización De Que Trata El Artículo 3º, El Diploma A Que Se Refiere El Artículo Anterior Y No Ser Mayor De Treinta Y Cinco Años5El Artículo 9º Quedará Así: Artículo 9º En El Ministerio De Relaciones Exteriores Se Abrirá Un Libro, En El Cual Tendrán Derecho A Ser Inscritos Aquellos Que Posean El Diploma Del Curso De Extensión Diplomática Y Consular, Los Cuales Constituirán El Personal De Carrera6El Artículo 10 Quedará Así: Artículo 107El Artículo 11 Quedará Así: Artículo 118Derógase El Artículo 12 Del Decreto Número 320 Del Presente Año9Queda En Estos Términos Modificado El Decreto Número 320 Del Año En Curso
03