DecretoVigente
Decreto 55 de 1916
Por el cual se fija el personal de la draga Cartagena y se hacen unos nombramientos
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fijase El Personal Que Debe Tener La Draga Cartagena , Así: Un Capitán, Con Sueldo Mensual De $100 Un Contador, Con Sueldo Mensual De 50 Un Operador Cucharero, Con Sueldo Mensual De 70 Un Primer Maquinista (Ingeniero), Con Sueldo Mensual De 60 Un Segundo Maquinista, Con Sueldo Mensual De 40 Un Piloto O Práctico, Con Sueldo Mensual De 60 Un Timonel (Aprendiz De Piloto), Con Sueldo Mensual De 25 Un Aceitero O Sebero, Con Sueldo Mensual De 25 Un Primer Contramaestre, Con Sueldo Mensual De 35 Un Segundo Contramaestre, Con Sueldo Mensual De 20 Un Carpintero, Con Sueldo Mensual De 25 Un Celador, Con Sueldo Mensual De 20 Cuatro Fogoneros, Cada Uno Con Sueldo Mensual De $ 15 60 Ocho Marineros, Cada Uno Con Sueldo Mensual De $ 12 96 Un Despensero (Panadero), Con Sueldo Mensual De 25 Tres Sirvientes, Cada Uno Con Sueldo Mensual De $ 6 18 Un Cocinero, Con Sueldo Mensual De 15 Un Ayudante Del Cocinero, Con Sueldo Mensual De 102Hácense Los Siguientes Nombramientos: Capitán, Señor José María González3Los Demás Nombramientos, Hasta Completar El Personal A Que Se Refiere El Artículo 1
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