Micelio

Artículo 3

Los Demás Nombramientos, Hasta Completar El Personal A Que Se Refiere El Artículo 1

Decreto 55 de 1916 · Por el cual se fija el personal de la draga Cartagena y se hacen unos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los demás nombramientos, hasta completar el personal a que se refiere el artículo 1.°, se harán por el Intendente Fluvial de Cartagena, de acuerdo con la Junta de Canalización de Lorica. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 55 de 1916