DecretoVigencia En Estudio
Decreto 548 de 1951
Por el cual se dispone la venta de un inmueble y la adquisición de otro
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno Procederá A Vender Por Conducto Del Ministerio De Obras Públicas El Inmueble Que Actualmente Ocupa La Cancillería2Los Contratos Que Se Celebren En Razón De La Autorización A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Solamente Requerirán La Aprobación Del Presidente De La República, Previo Concepto Favorable Del Consejo De Ministros3Los Fondos Faltantes Para La Compra Del Nuevo Inmueble A Que Se Refiere El Artículo 1°, Serán Suministrados Por El Gobierno Nacional Con Imputación Al Capítulo 122, Artículo 1597, Del Presupuesto Del Ministerio; De Obras Públicas4Quedan Suspendidas Tollas Las Disposiciones Legales Que Fueren Contrarias Al Presente Decreto5Este Decreto Regirá Desde Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezPresidente de la República
- Domingo Sarasty MEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo Restrepo JaramilloEl Ministro die Relaciones Exteriores
- Guillermo Ama Ya RamirezEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Ministerio de Educación Nacional · encargado
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Guerra
- Alejandro Angel EscobarEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro del Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Comercio e Industrias
- Manuel Carvajal SinisterraEl Ministro de Minas y Petróleos
- José Tomás AnguloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas