Decreto
Decreto 50 de 2023
por medio del cual se ordena no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) y de la Agencia Nacional de Infraestructura.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1No Incrementar A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Las Tarifas De Peaje A Vehículos Que Transiten Por El Territorio Nacional Por Las Estaciones De Peaje A Cargo Del Instituto Nacional De Vías (Invías) Y De La Agencia Nacional De Infraestructura, Durante La Vigencia Del Presente Decreto2El Instituto Nacional De Vías (Invías) Y La Agencia Nacional De Infraestructura, Deberán Aplicar Los Mecanismos Pactados En Los Correspondientes Contratos Para El Reconocimiento De Los Ajustes De Tarifas De Peaje A Que Haya Lugar Con Ocasión Del Presente Decreto3Artículo 34El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Asignará Los Recursos Conforme A La Disponibilidad Presupuestal Y Lo Establecido En El Marco Fiscal De Mediano Plazo Y Marco De Gasto De Mediano Plazo Del Sector Transporte5El Ministerio De Transporte, El Instituto Nacional De Vías (Invías) Y La Agencia Nacional De Infraestructura, Deberán Diseñar Y Aplicar Los Mecanismos Necesarios Que Permitan El Restablecimiento De La Tarifa A Más Tardar El 31 De Diciembre Del Año 2024, Con El Propósito De Normalizar El Esquema Tarifario Estimado Para Ese Momento6Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las consagradas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, en el artículo 56 de la ley 489 de 1998 y en desarrollo del artículo 2 literal b) de la ley 105 de 1993
- Diego Alejandro Guevara CastañedaEl Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Encargado de las Funciones del Empleo de Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Guillermo Francisco Reyes GonzálezEl Ministro de Transporte