DecretoVigente
Decreto 486 de 1986
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2621 de 1979
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 16 Del Decreto 2621, Quedará Así: "la Notificación Personal Se Efectuará Por El Secretario De La Junta, O El Funcionario De La Oficina Seccional De Escalafón A Su Cargo A Quien Éste Designe, Y Se Surtirá Leyendo Al Notificado El Texto De La Providencia Y Entregándole Copia Auténtica De La Misma2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03