DecretoVigente
Decreto 474 de 1992
por el cual se adiciona el Decreto 1252 de 1990.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase Al Literal B) Del Artículo 1º Del Decreto 1252 De 1990, El Siguiente Parágrafo: "parágrafo: A Las Cámaras De Comercio Que Se Creen En Municipios Localizados En Las Intendencias Y Comisarías Erigidas En Departamentos Por El Artículo 309 De La Constitución Nacional, No Se Les Aplicará El Presente Literal", Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona (Literal B ) Artículo 1 Decreto 1252 De 19902Adiciónase Al Literal D) Del Artículo 1º Del Decreto 1252 De 1990, El Siguiente Parágrafo: "parágrafo: Las Cámaras De Comercio Que Se Pretendan Crear En Los Municipios Localizados En Las Intendencias Y Comisarías Erigidas Como Departamentos Por El Artículo 309 De La Constitución Nacional Deberán Contar Con No Menos De Doscientos Comerciantes Con Matrícula Vigente, Domiciliados En La Jurisdicción De La Cámara De Comercio Que Se Pretenda Crear"3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Adiciona Los Literales B) Y D) Del Artículo 1º Del Decreto 1252 De 1990
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Nacional y el artículo 2035 del Código de Comercio, y
- Jorge Ospina SardiEl Ministro de Desarrollo Económico