Decreto
Decreto 443 de 2023
Por el cual se incorpora al presupuesto del bienio 2023-2024 del Sistema General de Regalías el mayor recaudo generado en la bienalidad 2021-2022 y se dictan otras disposiciones.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adición Al Presupuesto De Ingresos Del Sistema General De Regalías 2023- 20242Adición Al Presupuesto De Gastos Del Sistema General De Regalías 2023- 20243Giro Al Fondo De Ahorro Y Estabilización (Fae)4Comunicación Del Recaudo Corriente No Aforado En Las Instrucciones De Abono A Cuenta Del Sgr Del Bienio 2023-20245El Presente Decreto Rige Y Surte Efectos Fiscales A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 361 de la Constitución Política de Colombia, el parágrafo del artículo 22, el numeral 1 del artículo 152 y el artículo 154 de la Ley 2056 de 2020, y el artículo 2.1.1.2.5., del Decreto 1821 de 2020, y
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Irene Vélez TorresLa Ministra de Minas y Energía
- Jorge Iván González BorreroEl Director del Departamento Nacional de Planeación