Micelio

Artículo 3

Giro Al Fondo De Ahorro Y Estabilización (Fae)

Decreto 443 de 2023 · Por el cual se incorpora al presupuesto del bienio 2023-2024 del Sistema General de Regalías el mayor recaudo generado en la bienalidad 2021-2022 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Giro al Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE). Atendiendo lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, a partir de la expedición del presente decreto y hasta el cierre del bienio 2023-2024 y una vez se cuente con la Instrucción de Abono a Cuenta por parte del Departamento Nacional de Planeación, efectuará de manera fraccionada el giro de los recursos adicionados en el artículo 2° de este decreto, al Fideicomiso FAE administrado por el Banco de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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