DecretoVigente
Decreto 428 de 2003
Por el cual se determinan las subpartidas arancelarias contenidas en el Decreto 33 de 2001 cuya nomenclatura fue modificada por los Decretos 2800 de 2001, 618 y 1019 de 2002 y se establece la respectiva correspondencia
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecer La Correlativa Para Las Subpartidas Arancelarias De Las Exportaciones De Productos Embarcados Entre El 1° De Enero Y El 5 De Septiembre De 2002, Que Se Encontraban En El Decreto 33 De 2001 Con Derecho A Cert Y Cuya Nomenclatura Fue Modificada Por Los Decretos 2800 De 2001, 618 Y 1019 De 2002 Así: Decreto 33 De 2001 Correspondencia Con Los Decretos 2800 De 2001 618 De 2002 1019 De 2002 Capitulos Capitulo 3 032Artículo 23Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 13
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alvaro Uribe VelezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales de las Leyes 6º de 1971, 48 de 1983 y 7º de 1991, y oído el concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Humberto Botero AnguloEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo