DecretoDerogado
Decreto 4149 de 1949
Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con el ramo de fiscalización en el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Sueldos Y Demás Gastos De La Auditoria Fiscal De Los Ferrocarriles Nacionales Y De Sus Subauditorias, Serán Pagados Directamente Por La Contraloria General De La República, Con Cargo A Su Presupuesto, Lo Mismo Que Los Sueldos Y Demás Gastos De Las Auditorias O Subauditorias En El Ramo De Construcciones Delegadas Por El Gobierno Al Consejo Administrativo De Los Mismos Ferrocarriles2El Presente Decreto Comenzará A Regir Desde El Primero De Enero De 1950, Y Desde Esa Fecha Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Legales Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Eliseo ArangoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- General Miguel SanjuanEl Ministro de Justicia
- Hernán Jaramillo CampoEl Ministro De Hacienda Y Crédito Público
- Teniente General Rafael Sanchez AmayaEl Ministro de Guerra
- José Vicente Davila TelloEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Evaristo SourdisEl Ministro de Trabajo
- Jorge CavelierEl Ministro de Higiene
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Comercio e Industrias
- José Elías Del HierroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcesEl Ministro de Educación Nacional
- General Gustavo Rojas PinillaEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Víctor Archila BriceñoEl Ministro de Obras Públicas