DecretoVigente
Decreto 402 de 1875
Por el cual se dispone la elaboración de la salina de Cipaquirá por cuenta del Gobierno
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Desde El Dia 12 De Octubre Del Corriente Año La Elaboracion I Esplotacion De La Salina De Cipaquirá Se Ejecutará Por Cuenta Del Gobierno, Por Un Empleado Que Se Denominará " Elaborador Oficial," I Que Desempeñará Sus Funciones Bajo La Inmediata Inspeccion I Dependencia Del Administrador Principal De Salinas2Son Funciones Del Elaborador Oficial Las Detalladas En El Artículo 479 Del Código Fiscal De La Unión3El Elaborador Oficial Será Nombrado Inmediatamente Para Que Empiece Desde Ahora A Preparar Todos Los Elementos De Elaboracion Que Deben Emplearse Desde El 12 De Octubre En Adelante, A Fin De Que La Elaboracion I Esplotacion De La Salina No Se Interrumpan Al Terminar El Actual Contrato4El Elaborador Oficial Tendrá Un Sueldo Fijo De $ 200 Mensuales Desde El 12 De Octubre En Adelante ; Pero Durante El Tiempo Anterior A Esa Fecha En Que Esté En Servicio, Solo Ganará $ 100 Por Mes5Ademas Del Sueldo Fijo Que Por El Artículo Anterior Se Asigna Al Elaborador Oficial Para Del 12 De Octubre En Adelante, Gozará De Una Eventualidad Mensual Consistente En Un 25 Por 100 De Los Mayores Ahorros Que Logre Hacer En Los Gastos De Elaboracion I Esplotacion, Tomando Por Base De Costo, Doce I Medio Centavos En Cada Arroba De Sal6El Elaborador Oficial Prestará, Ántes Del 12 De Octubre I Ante La Secretaría De Hacienda I Fomento, Una Fianza De $ 5,000 En Vales De Renta Sobre El Tesoro, Que Se Depositarán En La Direccion Del Crédito Nacional7Es Deber Especial Del Elaborador Oficial, El Cuidar De Que La Sal Que Se Dé Al Consumo Sea De Buena Calidad
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