DecretoVigente
Decreto 3864 de 1980
Por el cual se crea la estaco n monitora de Bucaramanga de acuerdo al parágrafo del artículo 6° del Decreto-Ley 129 de 1976 y se adiciona la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones establecida por el Decreto 1870 de1976
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Estación Monitora De Bucaramanga, Con Sede En Dicha Ciudad2Créase En La Plante Del Personal Del Ministerio De Comunicaciones Los Siguientes Cargos: División De Radio, Sección Control Y Registro Técnico De Frecuencias, Estación Monitora De Bucaramanga3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Se Le Sean Contrarias Comuníquese Y Publíquese Dado En Bogotá A 17 De Noviembre De 1980 Julio Cesar Turbay Ayala El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Jaime García Parra
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