DecretoVigente
Decreto 381 de 1898
Por el cual se crea una Junta Administradora del Teatro Colón y se le señala sus funciones
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase Una Junta Ad Honorem Administradora Del Teatro Colón, Compuesta De Cinco Miembros Principales Y Cinco Suplentes, Cuyas Funciones Serán Las Siguientes: (A)2El Gobierno Se Reserva La Inspección Del Teatro En Todo Lo Que Con Él Se Relaciones, Por Medio Del Empleado Que Al Efecto Designe3El Periodo De Duración De La Junta Será El De Dos Años Á Contar Del 14Dicha Junta Se Instalará El Día Que Empieza El Período De Su Duración, Y Dará Cuenta Luégo Al Ministerio De Su Organización Y Distribución De Trabajos5Nómbrase Para Miembros Principales De La Junta Á Los Sres6Los Gastos De Material Que Ocasione La Junta Creada Por Este Decreto, Será De Cargo Del Tesoro Nacional Y Se Pagarán Por La Caja Fiscal De Obras Públicas7Quedan Derogadas Las Demás Disposiciones Relacionadas Con El Teatro Colón Que Estén En Oposición Con El Presente Decreto
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