DecretoVigente
Decreto 376 de 1875
Sobre la primera liquidación de los presupuestos nacionales de rentas y gastos para la vijencia económica de 1875 1876
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Historia de constitucionalidad
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02
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1Fíjanse Los Cómputos Liquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Para La Vijencia Económica De 1875 A 1876, En Cuatro Millones Cuarenta I Un Mil Pesos ($ 42° Fijanse Los Créditos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vijencia Económica De 1875 A 1876, En La Cantidad De Seis Millones Cuatrocientos Cuarenta I Siete Mil Quinientos Cinco Pesos, Cincuenta I Ocho Centavos ($ 63° Fíjase La Cantidad Que Habrá De Ser Necesaria Para La Conversion De Documentos De La Deuda Interior, Consolidada I Flotante, En Ciento Cuarenta I Siete Mil Quinientos Pesos ($ 147,500), En Esta Forma : Para La Deuda Interior Consolidada $ 50,000 Para La Deuda Interior Flotante 97,500 $ 147,5004° Las Pensiones Comunes Se Cubrirán En Los Términos Que Lo Dispone El Artículo 4,° Parte 4
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