Decreto
Decreto 3667 de 1954
Por el cual se modifica el numeral 3° del artículo 1° y el numeral 3°del artículo 2° del Decreto número 178 del 26 de enero de 1949.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Del Decreto Número 178 De 1949, Así: Las Escuelas De Técnicas De Laboratorio Clínico De Los Colegios Mayores De Cultura Femenina, Dependientes De La División De Educación Femenina, Se Llamarán Escuelas De Bacteriología Y Laboratorio Clínico Y Seguirán El Plan De Estudios Del Curso De Bacteriólogos Y Laboratoristas Clínicos De La Universidad Nacional2Del Decreto Número 178 De 1949, Así: Para Ingresar A La Escuela De Bacteriología Y Laboratorio Clínico, Se Exige El Diploma De Bachiller Superior Y Se Obtiene El Título De Bacterióloga Y Laboratorista Clínica, Previa Al Presentación De Un Trabajo De Tesis
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