DecretoVigente
Decreto 3437 de 1950
Por el cual se suspende transitoriamente la vigencia de un impuesto
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Se Hallen Vigentes Los Contratos De Fechas 3 De Febrero De 1932 Y 13 De Diciembre De 1946, Celebrados Con La United Fruit Company Y La Magdalena Fruit Company, Respectivamente, El Impuesto De Exportación De Banano Continuará Cobrándose A La Tarifa Anterior, O Sea A Razón De $ 02En Los Anteriores Términos Queda Modificado El Artículo 1°, Aparte B), (Derechos De Exportación), Numeral 54 B) Del Decreto Legislativo Número 2218 De 19503Suspéndense Las Disposiciones Legales Contrarias A Lo Que En Este Decreto Se Establece4Este Decreto Rige Desde Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezPresidente de la República
- Domingo SarastyEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo Restrepo JaramilloEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Guerra · encargado
- Guillermo Amaya RamirezEl Ministro de Justicia
- Rafael Delgado BarrenecheEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alejandro Angel EscobarEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro del Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- José María VillarrealEl Ministro de Comercio e Industrias
- Manuel Carvajal SinisterraEl Ministro de Minas y Petróleos
- Antonio AlvarezEl Ministro de Educación Nacional
- José Tomás AnguloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas