Micelio

Artículo 1

Mientras Se Hallen Vigentes Los Contratos De Fechas 3 De Febrero De 1932 Y 13 De Diciembre De 1946, Celebrados Con La United Fruit Company Y La Magdalena Fruit Company, Respectivamente, El Impuesto De Exportación De Banano Continuará Cobrándose A La Tarifa Anterior, O Sea A Razón De $ 0

Decreto 3437 de 1950 · Por el cual se suspende transitoriamente la vigencia de un impuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Mientras se hallen vigentes los contratos de fechas 3 de febrero de 1932 y 13 de diciembre de 1946, celebrados con la United Fruit Company y la Magdalena Fruit Company, respectivamente, el impuesto de exportación de banano continuará cobrándose a la tarifa anterior, o sea a razón de $ 0.03 por racimo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3437 de 1950