DecretoVigente
Decreto 343 de 1926
Por el cual se organizan dos Escuadrones de Caballería, destinados a la II y III División del Ejército, teniendo en cuenta el plan general de organización presentado por la Misión Técnica Militar y de conformidad con las autorizaciones de la Ley 51 de 1925
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0sentencias
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Organízanse Los Escuadrones De Caballería Rondón Número 2 Y Carvajal Número 3, Dependientes De Las Divisiones Ii Y Iii, Respectivamente2Por El Ministerio De Guerra Se Dispondrá Lo Referente Al Acantonamiento De Los Escuadrones Rondón Y Carvajal3Para El Reclutamiento, En Las Épocas Respectivas, Los Comandantes De Los Escuadrones Designarán, En Cada Caso, Uno De Los Oficiales Subalternos Para Que Haga Este Servicio4El Personal De Tropa Será Reclutado En Los Cantones De Regimientos De Infantería Córdoba Número 6 Y Boyacá Número 12, De Los Municipios Más Cercanos Al Del Acantonamiento Del Escuadrón, Mientras Se Reforma La División Territorial Militar Del País5En El Primer Contingente Que Se Acuartele Sólo Ingresará La Mitad De La Dotación De Soldados; El Segundo Entrará En El Siguiente Semestre; A Fin De Que El Reemplazo Se Haga En La Forma General Establecida En El Ejército, Relevándose El Personal De Soldados Por Mitad, Semestralmente6El Regimiento De Caballería General Páez Y El Grupo Cabal , Respectivamente, Darán A Cada Uno De Los Escuadrones Las Bases De Tropa Indispensable Para Esta Organización7El Escuadrón De Caballería De Guarnición En La Hacienda De Santo Domingo , Se Denominará Escuadrón De Caballería General Maza Número 1, Dependerá Del Comando De La I División Como Caballería De Ésta, Y Tendrá El Mismo Personal Asignado A Los Escuadrones Anteriores
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