DecretoDerogado
Decreto 33 de 1993
por el cual se reajusta la asignación básica mensual y la prima de antigüedad del Personal Docente que presta sus servicios en las Instituciones Oficiales de Educación Superior del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1O2O3O4O5O6O7O8O9O10Ninguna Autoridad Podrá Establecer O Modificar El Régimen Salarial O Prestacional Estatuido Por Las Normas Del Presente Decreto, En Concordancia Con Lo Establecido En El Artículo 10 De La Ley 4a11Nadie Podrá Desempeñar Simultáneamente Más De Un Empleo Público, Ni Recibir Más De Una Asignación Que Provenga Del Tesoro Público, O De Empresas O De Instituciones En Las Que Tenga Parte Mayoritaria El Estado12En Cuanto A Los Empleados Públicos Docentes De Las Universidades Públicas Nacionales, Este Decreto Sólo Se Aplicará A Quienes No Hayan Optado O No Opten, Dentro De Los Términos Vigentes, Por El Régimen Establecido En El Decreto 1444 De 199213El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 890 De 1992 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1o
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Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a. de 1992
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Rafael Orduz MedinaEl Viceministro de Educación Nacional, Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional · encargado
- Carlos Humberto Isaza RodríguezEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública