DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3271 de 1985
Por el cual se suplen unos términos judiciales.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Todos Los Efectos Constitucionales Y Legales Considéranse Suspendidos, Desde El 6 De Noviembre De 1985, Todos Los Términos Procesales (Legales Y Judiciales) Que Estuvieron Corriendo En Todas Las Actuaciones Que Sean De Competencia De La Corte Suprema De Justicia Y Del Consejo De Estado2º La Suspensión A Que Se Refiere El Artículo Anterior Durará Hasta El Día 27 De Noviembre De 1985 Para El Consejo De Estado Y Hasta El Día 17 De Diciembre De 1985, Para La Corte Suprema De Justicia3º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política, en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Jaime CastroEl Ministro de Gobierno
- Augusto Ramirez OcampoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Enrique Parejo GonzalezEl Ministro de Justicia
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Miguel Vega UribeEl Ministro de Defensa Nacional
- Roberto Mejia CaicedoEl Ministro de Agricultura
- Gustavo Castro GuerreroEl Ministro de Desarrollo Económico
- Ivan Duque EscobarEl Ministro de Minas y Energía
- Liliam Suarez MeloLa Ministra de Educación Nacional
- Jorge Carrillo RojasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Rafael De Zubiria GomezEl Ministro de Salud
- Noemi Sanín PosadaLa Ministra de Comunicaciones
- Rodolfo Segovia SalasEl Ministro de Obras Públicas y Transporte