DecretoVigente
Decreto 3195 de 1953
Por el cual se dictan unas disposiciones relativas al ramo de Aduanas
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase En La Dirección General De Aduanas Un Cupo Hasta De Diez (10) Especialistas En Derecho, Economía, Estadística, Y Ciencias Físico-Químicas2El Personal De Que Trata El Artículo Precedente Será Seleccionado Entre Profesionales Recién Graduados, Que No Hayan, Desempeñado Cargo Público, En Relación Con Su Especialidad3Este Personal Será Anexado A Los Diferentes Departamentos De La Dirección General De Aduanas, Con El Fin De Que Reciba Orientación Práctica Sobre La Especialidad Correspondiente Y Se Califique Para Ocupar Los Cargos Creados Dentro De Las Diferentes Ramas Del Servicio Aduanero4Mientras El Referido Personal De Especialistas Se Encuentre En Las Condiciones Establecidas En El Artículo 3°, Tendrá Una Asignación De Quinientos Pesos ($ 500
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