° Mientras el referido personal de especialistas se encuentre en las condiciones establecidas en el artículo 3°, tendrá una asignación de quinientos pesos ($ 500.00) mensuales. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 3195 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Mientras El Referido Personal De Especialistas Se Encuentre En Las Condiciones Establecidas En El Artículo 3°, Tendrá Una Asignación De Quinientos Pesos ($ 500
Decreto 3195 de 1953 · Por el cual se dictan unas disposiciones relativas al ramo de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.