DecretoDerogado
Decreto 3131 de 1956
Por el cual se modifica el artículo 51 del Decreto número 2373 de 18 de septiembre de 1956
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Aplázase La Vigencia De Los Artículos 6º Y 13 Del Decreto Número 2873 De 18 De Septiembre De 1956, Hasta El 18 De Marzo De 19582En Los Términos Del Artículo Anterior Queda Modificado El Artículo 51 Del Decreto Número 2373 De 18 De Septiembre De 19563Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- José Enrique Arboleda ValenciaEl Ministro de Gobierno
- José Manuel Rivas SacconiEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Carlos GiraldoEl Ministro de Justicia
- Luis Morales GómezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Eduardo Berrío GonzálezEl Ministro de Agricultura Y Ganadería
- Carlos Arturo Torres PovedaEl Ministro del Trabajo
- Carlos Márquez VillegasEl Ministro de Salud Pública
- Teniente Coronel Mariano Ospina NaviaEl Ministro de Fomento
- Francisco Puyana MenéndezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Josefina Valencia De HubachEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita AEl Ministro De Obras Públicas