º Aplázase la vigencia de los artículos 6º y 13 del Decreto número 2873 de 18 de septiembre de 1956, hasta el 18 de marzo de 1958.
Decreto 3131 de 1956 →Vigente
Artículo 1
Aplázase La Vigencia De Los Artículos 6º Y 13 Del Decreto Número 2873 De 18 De Septiembre De 1956, Hasta El 18 De Marzo De 1958
Decreto 3131 de 1956 · Por el cual se modifica el artículo 51 del Decreto número 2373 de 18 de septiembre de 1956
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.