DecretoVigente
Decreto 309 de 1919
Por el cual se reglamenta el cumplimiento de la Ley 50 de 1918, que concedió un auxilio de $ 3.000 al Municipio de Ventaquemada, para la construcción de un ramal de carretera entre esa población y la Carretera Central del Norte
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Por El Ministerio De Obras Públicas Se Hará El Reconocimiento De La Suma De Tres Mil Pesos ($ 3,000), Decretados Por La Ley 50 De 1918 Y Liquidados En El Presupuesto Vigente, A Favor Del Presidente De La Junta Patriótica Municipal De Ventaquemada, Mediante La Presentación De La Respectiva Cuenta De Cobro, Y Previa Constancia De La Manera Como Está Constituida Dicha Junta, Del Personal Que La Forma, Y De Haberse Prestado Por La Misma Junta De Fianza Que Ordene La Ley2Como Se Trata De La Construcción De Un Ramal De Carretera Con Auxilio Nacional, Debe Observarse La Siguiente Disposición De La Ley General De Caminos: "articulo 283La Junta Patriótica Municipal De Ventaquemada Deberá Rendir, Por Conducto Del Ministerio De Obras Públicas Y En Forma Legal, A La Corte Del Ramo, Las Cuentas De Inversión De Los Fondos Que Maneje Conforme A Lo Dispuesto Por La Ley 50 De 1918
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