Micelio

Artículo 3

La Junta Patriótica Municipal De Ventaquemada Deberá Rendir, Por Conducto Del Ministerio De Obras Públicas Y En Forma Legal, A La Corte Del Ramo, Las Cuentas De Inversión De Los Fondos Que Maneje Conforme A Lo Dispuesto Por La Ley 50 De 1918

Decreto 309 de 1919 · Por el cual se reglamenta el cumplimiento de la Ley 50 de 1918, que concedió un auxilio de $ 3.000 al Municipio de Ventaquemada, para la construcción de un ramal de carretera entre esa población y la Carretera Central del Norte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Junta Patriótica Municipal de Ventaquemada deberá rendir, por conducto del Ministerio de Obras Públicas y en forma legal, a la Corte del ramo, las cuentas de inversión de los fondos que maneje conforme a lo dispuesto por la Ley 50 de 1918. A la primera de tales cuentas mensuales de inversión deberá adjuntarse la escritura de fianza otorgada por la misma Junta, si ella no hubiere sido enviada antes a la Corte del ramo. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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