DecretoVigente
Decreto 304 de 1910
Por el cual se separa la Oficina Postal de la Telegráfica en Ciénaga, se crean algunos empleos y se establecen otros en el mismo Ramo
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Sepárase Los Servicios Portal Y Telegráfico En La Ciudad De Ciénaga, Departamento De Santa Marta2Créase Una Plaza Más De Ayudante Para La Oficina De Apartados De La Ciudad De Bogotá, Con La Asignación De Los Empleados En Su Clase3Restablécense Las Dos Plazas De Carteros De La Oficina De Distribución De Correspondencia Á Domicilio En La Ciudad De Bogotá, Que No Fueron Incluidos En La Primera Liquidación De Los Presupuestos Nacionales Del Corriente Año4Créanse Dos Plazas De Conductores Para El Servicio Del Correo Diario Ente Esta Ciudad Y La De Girardot, Con Asignación Mensual De Treinta Y Cinco Pesos ($ 35) Cada Uno; Y Dos Plazas De Carteros, Que Prestarán Su Servicio En Este Mismo Correo, Uno En La Estación Del Ferrocarril De La Sabana En Esta Ciudad, Y Otro En La Estación De Girardot, Del Ferrocarril Del Mismo Nombre, Con El Sueldo De Los De Su Clase En El Servicio Urbano5Créase Una Plaza De Ayudante Para Cada Una De Las Administraciones De Correos De Chiquinquirá Y Ubaté, Con La Asignación Mensual De Treinta Pesos ($ 30) Cada Uno6El Sueldo Mensual De Administrador Subalterno De Correos De Chiquinquirá Será De Cuarenta Pesos ($ 40)7Por La Dirección General De Correos Y Telégrafos Se Harán Las Asignaciones Á Que Da Lugar El Presente Decreto
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