Micelio
DecretoVigente

Decreto 2972 de 1968

por el cual se organiza la Dirección General de Crédito Público.

5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Corresponde A La Dirección General De Crédito Publico : A) Asesorar Al Ministro En Todo Lo Relacionado Con La Organización Del Crédito Público Tanto Interno Como Externo Y En Las Gestiones Necesarias Para La Consecución De Recursos De Esta Naturaleza, Así Como En El Otorgamiento De Garantías De La Nación A Operaciones De Crédito De Otras Entidades O Personas; B) Efectuar Los Análisis Y Cálculos Pertinentes En Coordinación Con La Oficina De Planeación Y Análisis Económicos Del Ministerio, Para Conocer La Capacidad De Endeudamiento Del Sector Público, Y Su Incidencia Sobre La Balanza De Pagos; C) Adelantar Estudios De Acuerdo Con El Departamento Administrativo De Planeación Y Observar Los Mercados Internos Y Externos De Dinero, Con El Objeto De Establecer Las Condiciones Más Favorables Para El Endeudamiento Del País, Amortizaciones O Nuevos Compromisos Financieros Que Sean Aconsejables; D) Llevar Contabilización Pormenorizada, Debidamente Discriminada Por Vencimientos, Prestatarios, Objetivos, Saldos Recibidos Y Disponibles Por Utilizar, Etc2La Dirección General De Crédito Publico Tendrá La Siguiente Organización Interna; 1,0 Despacho Del Director 1,1 División De Deuda Pública Externa3Son Funciones De La División De Deuda Pública Externa: A) Registrar Los Saldos En Circulación Y El Movimiento De Los Empréstitos Externos Del Sector Público; B) Liquidar Y Registrar Los Intereses Causados, Pagados Y Pendientes, Por Concepto De La Deuda Pública Externa C) Llevar El Registro De Los Vencimientos De La Deuda Pública Externa; D) Proyectar La Solicitud De Acuerdo Mensual De Ordenamiento De Gastos Para La Atención De La Deuda Pública Externa De La Nación Preparar Los Correspondientes Giros; E) Preparar La Emisión De Títulos O Bonos De Deuda Pública Externa; F) Llevar La Cuenta De Los Fondos En Poder De Los Fideicomisarios Extranjeros Y La De Los Documentos Aplicables A La Amortización De La Deuda; G) Preparar Cada Ano El Anteproyecto De Presupuesto Para Atender Al Servicio De Capital E Intereses Y Demás Gastos De La Deuda Pública Externa De La Nación; H) Llevar El Registro De Los Empréstitos Externos Autorizados Y No Emitidos Y De Los Recursos Del Crédito Externo Incorporados O Por Incorporar Al Presupuesto; I) Estudiar La Conveniencia De Efectuar Operaciones De Conversión, Consolidación Y Unificación De La Deuda Pública Externa Y Registrarlas Y Administrarlas Cuando Se Realicen; J) Mantener Bajo Su Custodia El Archivo Relacionado Con Los Expedientes De La Deuda Pública Externa; K) Llevar Los Libros De Registro De La Deuda Externa Afianzada Por La Nación, Y L) Las Demás Que Le Señale El Director4Son Funciones De La División De Deuda Pública Interna: A) Registrar Los Saldos En Circulación Y El Movimiento De Los Empréstitos Internos; B) Liquidar Y Registrar Los Intereses Causados, Pagados Y Pendientes, Por Concepto De La Deuda Pública Interna; C) Llevar El Registro De Los Vencimientos De La Deuda Interna; D) Proyectar Las Solicitudes De Acuerdo Mensual De Ordenación De Gastos Para La Atención De La Deuda Pública Interna De La Nación Y Preparar Los Correspondientes Giros; E) Preparar La Emisión De Títulos Y Bonos De La Deuda Interna; F) Llevar La Cuenta De Los Fondos En Poder De Los Fideicomisos Y De Los Documentos Aplicables A La Amortización De La Deuda; G) Llevar La Cuenta De Los Productos Mensuales De La Renta De Salinas Para Aplicarla Al Servicio De La Deuda Representada En Bonos Internos De Salinas; H) Examinar El Balance Y El Estado De Pérdidas Y Ganancias De La Concesión Salinas Y Formular Las Observaciones A Que Hubiere Lugar; I) Preparar Cada Ano El Anteproyecto De Presupuesto Para Atender Al Servicio De Capital E Intereses Y Demás Gastos De La Deuda Interna De La Nación Y De Las Otras Amortizaciones A Cargo Del Tesoro Nacional; J) Llevar El Registro De Los Empréstitos Internos Autorizados Y No Emitidos Y Del Crédito Interno Incorporado O Por Incorporar Al Presupuesto; K) Estudiar La Conveniencia De Efectuar Operaciones De Conversión, Consolidación Y Unificación De La Deuda Pública Interna Y Registrarlas Y Administrarlas Cuando Se Realicen; L) Mantener Bajo Su Custodia El Archivo Relacionado Con Los Expedientes De La Deuda Pública Interna; M) Llevar Los Libros De Registro Del Movimiento De La Deuda Interna Afianzada Por La Nación; N) Llevar Los Libros Del Registro Del Movimiento De La Deuda De Los Departamentos, Municipios, Intendencias, Comisarias Establecimientos Nacionales Descentralizados, Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Sociedades De Economía Mixta, Y Producir Los Cuadros Estadísticos Correspondientes; O) Llevar El Registro Y Contabilidad De La Deuda Perpetua Consolidada E Irredimible, Y Girar Las Cuentas De Cobro De La Renta Nominal; P) Llevar El Registro Y Contabilidad De La Deuda De Tesorería Representada En La Emisión De Títulos A Corto Plazo Para Mantener La Regularidad De Los Pagos, Y Que Deba Cubrirse Con El Producto De Las Rentas; Q) Llevar El Registro Y Contabilidad De Los Demás Pasivos Diferidos A Cargo De La Nación, Que No Se Contabilicen Como Deuda Pública5El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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