° Son funciones de la División de Deuda Pública interna
Registrar los saldos en circulación y el movimiento de los empréstitos internos;
Liquidar y registrar los intereses causados, pagados y pendientes, por concepto de la Deuda Pública Interna;
Llevar el registro de los vencimientos de la deuda interna;
Proyectar las solicitudes de acuerdo mensual de Ordenación de Gastos para la atención de la deuda pública interna de la Nación y preparar los correspondientes giros;
Preparar la emisión de títulos y bonos de la Deuda Interna;
Llevar la cuenta de los fondos en poder de los fideicomisos y de los documentos aplicables a la amortización de la deuda;
Llevar la cuenta de los productos mensuales de la renta de salinas para aplicarla al servicio de la deuda representada en bonos internos de salinas;
Examinar el balance y el estado de pérdidas y ganancias de la concesión salinas y formular las observaciones a que hubiere lugar;
Preparar cada ano el anteproyecto de presupuesto para atender al servicio de capital e intereses y demás gastos de la deuda interna de la Nación y de las otras amortizaciones a cargo del Tesoro Nacional;
Llevar el registro de los empréstitos internos autorizados y no emitidos y del crédito interno incorporado o por incorporar al presupuesto;
Estudiar la conveniencia de efectuar operaciones de conversión, consolidación y unificación de la deuda pública interna y registrarlas y administrarlas cuando se realicen;
Mantener bajo su custodia el archivo relacionado con los expedientes de la Deuda Pública Interna;
Llevar los libros de registro del movimiento de la deuda interna afianzada por la Nación; n) llevar los libros del registro del movimiento de la deuda de los Departamentos, Municipios, Intendencias, Comisarias Establecimientos Nacionales Descentralizados, Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta, y producir los cuadros estadísticos correspondientes; o) Llevar el registro y contabilidad de la deuda perpetua consolidada e irredimible, y girar las cuentas de cobro de la Renta Nominal; p) Llevar el registro y contabilidad de la deuda de Tesorería representada en la emisión de títulos a corto plazo para mantener la regularidad de los pagos, y que deba cubrirse con el producto de las rentas; q) Llevar el registro y contabilidad de los demás pasivos diferidos a cargo de la Nación, que no se contabilicen como deuda pública., pero que aparecen en el balance de la Hacienda como obligaciones a cargo del Estado, y r) Las demás que le señale el director.