DecretoVigente
Decreto 2890 de 1997
por el cual se reordenan las áreas de Supervisión de la Superintendencia Bancaria.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12La Denominación Del Area De Supervisión De Sociedades De Servicios Financieros Y Compañías De Financiamiento Comercial, Se Cambia Por La De Area De Supervisión De Servicios Financieros, Compañías De Financiamiento Comercial Y Entidades Cooperativas3El Area De Supervisión De Servicios Financieros, Compañías De Financiamiento Comercial Y Entidades Cooperativas, Tendrá A Su Cargo Los Asuntos Correspondientes A Las Sociedades De Servicios Financieros, Compañías De Financiamiento Comercial, Organismos Cooperativos De Grado Superior De Carácter Financiero Y Entes Cooperativos Que Adelanten Actividades Financieras De Manera Especializada4Para Que El Area De Supervisión De Servicios Fiancieros, Compañías De Financiamiento Comercial Y Entidades Cooperativas Pueda Cumplir Adecuadamente Las Funciones Que Le Corresponden, Estará Dirigida Por Dos Superintendentes Delegados Y Coordinada Por Ellos Conjuntamente Con Los Intendentes Que Para El Efecto Designe El Superintendente Bancario5º
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 14 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con lo previsto en el numeral 3º del artículo 327 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el parágrafo 2º del artículo 17 del Decreto 1688 de 1997
- Eduardo Fernández DelgadoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Edgar Alfonso González SalasEl Director General Departamento Administrativo de la Función Pública