Micelio
DecretoVigente

Decreto 2863 de 1966

por el cual se establece la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente a la Rama Diplomática.

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Las Misiones Diplomáticas De La República, De Carácter Permanente, Serán Las Que Se Determinan En El Presente Decreto2Las Misiones Diplomáticas Estarán Integradas Con Personal De Tres Clases, Así: A - Funcionarios Que Ocupen Cargos Pertenecientes Al Escalafón Diplomático Y Consular; B - Funcionarios Especializados Que Tengan Categoría Diplomática Pero Que Desempeñen Cargos No Pertenecientes A La Carrera Diplomática Y Consular; C - Empleados Del Servicio Administrativo3El Personal A Que Se Refiere El Ordinal A Del Artículo 2º Del Presente Decreto, En Lo Tocante A Las Misiones Diplomáticas, Será El Siguiente: I-America A) Países Limítrofes4El Personal De Asesores Especializados Y El Administrativo Será Establecido En Decretos Separados5La Escala De Sueldos, Gastos De Representación Y De Arrendamiento Y De Primas, Será Establecido En Decreto Separado6En Cuanto Concluyan Las Gestiones Emprendidas Por El Gobierno Para La Creación De Nuevas Misiones Diplomáticas Y Para Que La Jefatura Titular De Dos O Más De Ellas Se Concentre En Un Solo Embajador, Se Expedirán Los Decretos Correspondientes, Atenidos En Lo Que A Asignaciones Se Refiere A La Escala Mencionada En El Artículo 5° Del Presente Decreto7Los Funcionarios Afectados Por El Presente Decreto Podrán Ser Designados Para Servir Cargos De Inferior Categoría A La Que Tienen Actualmente, Sin Que Ello Afecte Su Situación En La Carrera Diplomática Si Se Trata De Funcionarios Inscritos, O Su Posición Para Solicitar Su Inscripción En El Futuro8Este Decreto Rige A Partir Del 1º De Febrero De 1967
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