DecretoVigente
Decreto 2770 de 1990
por el cual se adoptan medidas para garantizar el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales del personal docente.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno Nacional Y Las Entidades Territoriales Mediante Convenio Determinarán El Porcentaje Del Iva Que Conforme Al Numeral 7° Del Artículo 8° De La Ley 91 De 1989, Debe Ingresar Al Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio2La Nación-Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, Con Sujeción A Los Convenios Celebrados Con Las Entidades Territoriales De Que Trata El Artículo 1°, Girará Al Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio El Porcentaje Señalado En Dichos Convenios3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y en especial de las que le confieren el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Política y el artículo 16 de la Ley 91 de 1989
- Julio César Sánchez GarcíaEl Ministro de Gobierno
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alfonso Valdivieso SarmientoEl Ministro de Educación Nacional